Los aspectos clave que debe saber si su hijo es víctima de bullying escolar

Jul 24, 2023

El acoso escolar continúa siendo una preocupación alarmante, por ello resulta fundamental comprender la legislación actual, los recursos legales disponibles y las responsabilidades de los colegios en su prevención y manejo.

El acoso escolar es un problema que afecta a muchos niños y adolescentes en Colombia. Con el objetivo de abordar esta preocupante situación, es crucial comprender la legislación vigente, los recursos legales disponibles y las responsabilidades de los colegios en su prevención y manejo de la mano de un experto. Según estudios recientes, el bullying escolar sigue siendo una preocupación significativa en Colombia. Estadísticas alarmantes revelan que un 32,3% de los estudiantes han sido víctimas de bullying en algún momento, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Estas cifras ponen de manifiesto la necesidad urgente de abordar este problema.

Además, el Senado de la República ha expresado su inquietud por el creciente fenómeno del acoso escolar, situando a Colombia en el segundo lugar entre los países latinoamericanos miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos con mayor exposición al acoso escolar. Según el congresista Pedro Flórez, ciudades como Bogotá, Medellín y Barranquilla presentan índices preocupantes de violencia escolar, con un 21%, 13% y 12% respectivamente. Estos datos resaltan la importancia de tomar medidas efectivas para garantizar la seguridad y el bienestar de los estudiantes en los colegios del país.

Teniendo en cuenta lo anterior, a continuación, le compartimos información clave por nuestro experto Santiago Calle, Asociado Senior de CMS Rodríguez-Azuero quien ha tratado la legislación sobre bullying en Colombia de manera minuciosa:

  1. Legislación vigente: En Colombia, la Ley 1620 de 2013, conocida como Ley antibullying o anti-acoso escolar, establece una serie de derechos, deberes y obligaciones para proteger a los menores y promover políticas de prevención del acoso en las instituciones educativas. Junto con el Decreto Reglamentario 1965 de 2013 y el Código de Infancia y Adolescencia, estas leyes contienen normativas aplicables a casos de acoso escolar.
  1. Recursos legales disponibles: Los padres y tutores tienen a su disposición diversos recursos legales para proteger a sus hijos. Pueden presentar quejas ante las Secretarías de Educación correspondientes, iniciar acciones penales cuando sea necesario, recurrir a la acción de tutela en casos de afectación inminente de derechos y utilizar los mecanismos institucionales establecidos en los manuales de convivencia de los colegios. Además, pueden realizar denuncias en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SIUCE) a través del sitio web del Ministerio de Educación.
  1. Responsabilidades de los colegios: Los colegios tienen la obligación de contribuir a la formación de ciudadanos activos en una sociedad democrática y proteger los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. Deben promover la convivencia escolar, desarrollar estrategias de prevención del acoso y garantizar la inclusión de todos los estudiantes.
  1. Consecuencias legales para los colegios: En caso de incumplimiento de sus obligaciones legales, los colegios pueden enfrentar sanciones que van desde amonestaciones públicas hasta la cancelación de la licencia de funcionamiento. Además, los funcionarios que omitan, incumplan o retrasen la implementación de las medidas de prevención y atención del acoso escolar pueden ser sancionados según lo establecido en el marco legal vigente.
  1. Consecuencias legales para los agresores y sus padres: La gravedad de las consecuencias legales para los agresores depende de la situación en concreto y la edad del menor. En casos leves, se aplicarán medidas pedagógicas y disciplinarias según lo establecido en los manuales de convivencia. En situaciones más graves, se pueden activar procesos disciplinarios que pueden resultar en amonestaciones, expulsiones y medidas pedagógicas más severas. Además, los padres son solidariamente responsables por los daños causados por los actos de sus hijos menores de edad. Sin embargo, una vez los hijos cumplen la mayoría de edad, ya no habrá responsabilidad solidaria por parte de los padres.

“Aunque el aspecto legal es importante, los colegios y las familias deben establecer métodos y programas educativos para prevenir estos casos o para resolverlos de manera efectiva, evitando así que los conflictos se prolonguen en el tiempo y se genere una revictimización en los menores. Es igualmente importante que los padres y docentes no normalicen la violencia física o verbal como una forma de resolver problemas, desempeñando un papel crucial en la educación de los niños y promoviendo la resolución pacífica de conflictos” concluye Santiago Calle, Asociado Senior de CMS Rodríguez-Azuero.

En los últimos años, se han logrado avances significativos en la prevención y abordaje del bullying en los colegios en Colombia. Sin embargo, persisten desafíos en la implementación efectiva de la legislación y en el enfoque adecuado para abordar el bullying en cada situación específica. La conciencia social sobre el impacto negativo del acoso escolar ha aumentado, y se promueve una cultura de inclusión y respeto hacia la diversidad.

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