Las cesantías son una prestación a la que tiene derecho todo trabajador que tenga un vínculo laboral y equivale a un mes de salario por cada año trabajado.
Este martes se vence el plazo para que las empresas consignen las cesantías de sus trabajadores correspondientes a 2022 en uno de los cuatro fondos de pensiones y cesantías (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia), así como en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA).
En un país que carece de un seguro contra el desempleo, las cesantías juegan ese rol y tal como las definen los expertos, son una prestación a la que tiene derecho todo trabajador que tenga un vínculo laboral y equivale a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional si el periodo es inferior a 12 meses.
De hecho, su objetivo principal es amparar en caso de desempleo (terminación del contrato), aunque también puede utilizarlas en los siguientes casos:
– Financiar la educación superior del trabajador, la de su compañero sentimental o la de sus hijos
– Comprar, construir o realizar mejoras a las viviendas.
– Aliviar la disminución de ingresos mensuales debido a la Emergencia Económica ocasionada por la pandemia
– Llamamiento a servicio militar
– Adopción del sistema de salario integral
– Fallecimiento del afiliado
Cada fondo ofrece dos tipos de portafolio: corto y largo plazo, cada uno con sus propias características de inversión, rentabilidad y tiempo de permanencia.
El portafolio de corto plazo es para un perfil de inversión conservador para personas que requieren sus ahorros para cumplir metas más próximas en el tiempo (en menos de un año). El portafolio de largo plazo es para un perfil de inversiones más arriesgado, para personas que están en la capacidad de dejar quieto su ahorro y así poder cumplir sus metas a mediano y largo plazo (más de dos años).
Por su parte, los intereses de las cesantías equivalen al rendimiento que la empresa reconoce a sus trabajadores sobre el valor de las cesantías.
El pago fue hecho directamente al trabajador en su quincena del 31 de enero y, según la ley, el interés es de 12% anual. Se calcula multiplicando los días laborados por 0.12 por el valor de las cesantías, y dividiendo este valor por 360 días.
Para la liquidación de las cesantías puede emplearse la siguiente fórmula: Salario Base X días laborados / 360. El salario base se multiplica por los días trabajados y ese resultado se divide entre 360, que corresponde a los días del año laboral.