Según Fedelonjas, los cánones de los inmuebles urbanos destinados a vivienda se incrementarán sólo a partir de que el contrato se renueve y en la fecha de la respectiva renovación.
Esta semana, el Dane publicará el dato oficial del Índice de Precios al Consumidor del año pasado, cuyo dato anualizado hasta noviembre era de 12,53%.
Según Fedelonjas, el aumento en los cánones de arrendamiento para vivienda se realizará de acuerdo con las normas legales vigentes, para lo cual es necesario determinar la fecha de celebración del contrato, dado que unas son las normas si el contrato se celebró con anterioridad a la Ley 820 de 2003 y otras si se realizó después de la expedición de esta ley.
“Los cánones de contratos de arrendamiento de inmuebles urbanos destinados a vivienda se incrementarán sólo a partir de que el contrato se renueve y en la fecha de la respectiva renovación”, indicó Karina Reyes, presidente de Fedelonjas.
Según el gremio, los cánones de arrendamiento de los inmuebles urbanos destinados a vivienda y que se hubieren realizado después del 10 de Julio de 2003, se ajustarán en un porcentaje igual a la inflación efectivamente causada el año anterior.
Los contratos de arrendamiento de inmuebles diferentes a los urbanos destinados a vivienda (es decir locales, oficinas, consultorios, bodegas, etc.) reajustarán sus cánones de acuerdo a lo pactado por las partes en el respectivo contrato.
“Seguimos atentos al dato del IPC y a las indicaciones del Gobierno sobre la desindexación de los servicios y el arriendo porque debido a que la tasa de inflación es alta sabemos que es un tema muy sensible para las finanzas tanto de propietarios como de arrendatarios”, agregó.
Reyes dijo que si existen dudas para casos como contratos de vivienda firmados antes de 2003 o para usos diferentes a vivienda, el gremio recomienda buscar la asesoría de un inmobiliario de reconocida trayectoria pues la legislación es diferente.