Impuesto al plástico importado: una carrera contrarreloj para las empresas

Feb 11, 2026

La entrada en vigencia de la Resolución 000005 del 9 de febrero de 2026, expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), encendió las alertas en el sector empresarial colombiano. La norma fijó como fecha límite el 13 de febrero para declarar y pagar el impuesto a los productos importados contenidos en empaques, envases o embalajes plásticos, otorgando apenas tres días hábiles para cumplir con una obligación de alta complejidad técnica y con efectos retroactivos.

El gremio Acoplásticos advirtió que el corto plazo representa un riesgo operativo y financiero significativo para miles de empresas. La obligación no se limita a importadores de productos plásticos, sino que alcanza a cualquier compañía que haya importado bienes empacados o protegidos con plástico, desde alimentos y bebidas hasta electrodomésticos, maquinaria, insumos industriales o productos de ferretería.

“Los importadores enfrentan una obligación retroactiva y altamente técnica que exige revisar cada operación realizada desde el 25 de julio de 2025, identificar si los productos ingresaron empacados en plástico y calcular el peso en gramos de cada componente. Los plazos actuales de tres días son claramente insuficientes y elevan el riesgo de sanciones por errores involuntarios”, afirmó Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos.

El origen del problema se remonta a la Sentencia C-99 de 2025 de la Corte Constitucional, que ratificó que el Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso (IPUSUI), creado por la Ley 2277 de 2022, también aplica a los productos importados empacados en plástico y ordenó a la DIAN reglamentar su declaración y pago. Sin embargo, aunque la obligación existe desde julio de 2025, la reglamentación definitiva solo fue expedida en febrero de 2026, cuando gran parte de las operaciones ya se habían realizado sin una metodología clara.

La DIAN amplió hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo para reportar las declaraciones de importación, pero mantuvo febrero como fecha límite para declarar y pagar el impuesto. En la práctica, esto implica que las empresas deben calcular el gramaje del plástico —incluso en casos excluidos del impuesto— sin contar aún con reportes consolidados ni parámetros técnicos definitivos.

El impacto es especialmente crítico para sectores como comercio minorista, grandes superficies y empresas de maquinaria, donde se manejan cientos o miles de referencias y proveedores internacionales. “Un establecimiento que importa cientos de productos desde distintos países enfrenta la tarea casi imposible de recopilar certificaciones, reconstruir información histórica y cumplir correctamente en solo tres días. Esto se prestará para errores, sanciones y litigios futuros”, añadió Mitchell

A esta situación se suma un vacío regulatorio adicional: la certificación de economía circular, que permitiría la no causación del impuesto y que debía reglamentarse desde 2023, aún no ha sido expedida, pese a existir incluso órdenes judiciales. Para el sector empresarial, la combinación de plazos exiguos, retroactividad y falta de reglas completas introduce un nivel de incertidumbre que afecta la planeación financiera, la gestión tributaria y la competitividad.

En un contexto de presión por cumplir metas fiscales y ambientales, el caso del impuesto a los plásticos importados pone sobre la mesa un reto clave para la política pública: lograr un equilibrio entre sostenibilidad, recaudo y viabilidad operativa para las empresas que mueven buena parte del comercio y la industria del país.

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